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El TSJC cambia en 2016 en sentencia firme los protocolos lingüísticos de la Generalidad de Cataluña y sus empleados podrán hablar entre ellos y con el público en castellano y en otros idiomas

LD (Barcelona) jueves 2016-02-25

Los empleados públicos y funcionarios al servicio de la Generalidad ya no están obligados a dirigirse entre ellos y al público sólo en catalán. Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado los aspectos más polémicos de los "protocolos" lingüísticos de la administración catalana, los apartados en los que se ordenaba que las conversaciones, reuniones, papeleo y atención al público se llevaran a cabo exclusivamente en catalán.

La sentencia data del pasado 9 de diciembre, se ha dado a conocer este jueves y no sólo afecta a la sanidad catalana sino que es extensiva a otras áreas de servicios y atención a los ciudadanos. Entre las medidas anuladas destaca la relativa a la obligación de utilizar el catalán como lengua de comunicación oral así como al dirigirse a los ciudadanos durante su ejercicio profesional. Según las normas autonómicas, los empleados públicos y funcionarios debían utilizar el catalán en las conversaciones presenciales, por teléfono, en los avisos de megafonía, en las reuniones y "especialmente delante de terceras personas, personal externo, usuarios y familiares de estos".

De esta forma y según la Generalidad, el personal del sector público debía dirigirse siempre a los ciudadanos en catalán: "Tanto si la conversación la inicia el usuario como el trabajador, éste la mantendrá en catalán -independientemente de la lengua que utilice el interlocutor- salvo que el usuario manifieste dificultades para entender el catalán o pida ser atendido en la otra lengua oficial".

En cuanto a la información o los servicios telefónicos, las reglas de la Generalidad también han sido anuladas. El protocolo disponía en este sentido que "las conversaciones telefónicas siempre se deben iniciar en lengua catalana. En el caso de las llamadas externas se han de responder con un saludo en catalán que indique la institución (...) Si el usuario no habla catalán pero lo entiende, se continúa hablando en catalán. Si hay dificultades para entender el catalán, se puede continuar la conversación en castellano".

Estas normas también afectaban a los ciudadanos, obligados a rellenar en catalán los impresos y formularios dirigidos a las instituciones o administraciones dependientes de la Generalidad. Todas estas medidas han sido anuladas por el fallo porque vulneran las leyes de cooficilidad lingüística y el derecho a la libertad de expresión.

En 2012, uno de los profesionales del sector sanitario del Hospital Joan XXIII de Tarragona recibió una comunicación de la gerencia del Instituto Catalán de la Salud, de quien dependen los centros públicos y concertados, con el denominado
"Protocolo de usos lingüísticos para el sector sanitario público en Cataluña", una adaptación de las normas generales para los funcionarios de la Generalidad y el sector público dependiente.

La organización
"Impulso Ciudadano" asesoró a este médico en la interposición de un recurso contencioso administrativo que tres años después ha concluido con una sentencia contraria a la Generalidad, que no ha presentado recurso.